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Carrizal, Altos Mirandinos, Venezuela
Abogado Especialista en Derecho Procesal, Profesor de la Cátedra de Derecho Procesal Civil en Universidad Bicentenaria de Aragua y Pontificia Universidad Católica Santa Rosa.

domingo, 22 de mayo de 2011

7.1 LEY DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO ( HISTORIA LEGISLATIVA)


1. Historia legislativa
El caos interno y las contradictorias soluciones producidas por la ratificación de numerosas convenciones internacionales han sido determinantes para que la doctrina insista en la necesidad de una nueva legislación interna.
En esta labor ha sido de gran ayuda el primer intento de codificar el Derecho Internacional Privado mediante una ley especial. En el año 1912, el conocido jurista venezolano, Pedro Manuel Arcaya, elabora el Proyecto de Ley de Aplicación del Derecho Internacional Privado “…a fin de que los jueces sepan cómo deben proceder en los asuntos que envuelvan cuestiones de esta índole…”. El Proyecto fue objeto de elogios por parte de la doctrina venezolana, pero nunca se convirtió en ley vigente. Sólo en el año 1958 se retoma la idea de promulgar una ley especial, año en el cual el Ministerio de Justicia se convierte en el promotor de una nueva legislación en esta materia. Efectivamente, se designa una comisión para elaborar el proyecto de Ley sobre Derecho Internacional Privado, el cual fue finalizado en el año 1963, y modificado ligeramente en 1965. El destino del proyecto, alabado por la doctrina extranjera, pero con escasa transcendencia en Venezuela, a pesar de comentarios positivos de Juan María Rouvier,  José Luis Bonnemaison, Benito Sansó, Gonzalo Parra-Aranguren y Tatiana B. de Maekelt, fue similar al elaborado por Arcaya. Sin embargo, nunca cesó la inquietud por la necesidad de una legislación adecuada en esta materia. Después de varios intentos frustrados de llevar el proyecto a las cámaras legislativas, éste fue actualizado en 1995, por un grupo de profesores de Derecho Internacional Privado con la participación activa de uno de los redactores del proyecto original, Dr. Gonzalo Parra-Aranguren, introducido finalmente al Congreso en 1996 y aprobado en 1998, después de una exhaustiva y a veces difícil discusión. 
Es importante señalar el interés y la comprensión de todos los organismos involucrados en la discusión y la aprobación de la Ley de Derecho Internacional Privado. Los dos ministros de justicia que participaron en el proceso, la Procuraduría General de la República, a través de su Consejo de Asesoría Jurídica de la Administración Pública (CAJAP), que presentó un informe suscrito por todos sus directores, las comisiones de las cámaras del Congreso de la República y su Oficina de Investigación y Asesoría Jurídica y, finalmente, los miembros de ambas cámaras del Congreso quienes en la discusión de la Ley demostraron interés por su promulgación.    
Un papel muy especial en la promulgación de la Ley han desempeñado los profesores de Derecho Internacional Privado de todo el país.
Las dos reuniones nacionales, celebradas la primera en la Universidad
Central de Venezuela (15-07-1995) y la segunda en la Universidad Católica Andrés Bello (29-04-1996) han sido determinantes para la adaptación del proyecto a los requerimientos actuales, así como la activa intervención del Dr. Gonzalo Parra-Aranguren en su elaboración final. 

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