Los Tratados Internacionales.
Constituye la principal fuente de donde emanan las normas del
Derecho Internacional Privado, se trata de acuerdo de voluntades entre dos o más Estados implicados
en documentos en donde se consigna por
escrito obligaciones y derechos para los jurantes, lo que
da una mayor credibilidad o seguridad, regulando
la conducta de los estados entre sí y órganos internacionales
con el fin de promover y proteger el respeto de los derechos humanos, la
paz y la armonía. Existen dos formas de clasificar a los tratados:
Clasificación de Orden Formal:
Tratados Multilaterales o Colectivos: Es cuando las reglas son aceptadas por la mayoría de
los estados, como por ejemplo la Convención de Viena.
Tratados Bilaterales: que obligan a dos países, como el tratado
de Venezuela y Colombia por el Golfo de Venezuela.
Clasificación de Orden Material:
Tratados – contratos: realización de un negocio jurídico (alianza de comercio,
de limites, etc.), que engendra prestaciones reciprocas entre los
estados, pero cada uno persigue objetivos diferentes.
Tratados Normativos: tienen por objeto formular una regla de derecho y se caracteriza
porque la voluntad de todos los que firman tienen idéntico contenido.
Los Estados pueden firmar un tratado con reservas, lo que
significa que "cualquiera que sea el enunciado o denominación, hecha por
un Estado al firmar, ratificar, aceptar o aprobar un tratado o
adherirse a él, con el objeto de excluir o modificar los efectos jurídicos de
ciertas disposiciones del tratado en su aplicación a ese Estado" (Según La
Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados –1969-).
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